¿Qué significa ser delegado para la asamblea?

El Delegado para asamblea es un asociado que se nombra, demo­cráticamente, EN CULTURAL ANDINO POR UN PERIODO DE TRES AÑOS,

En consecuencia, sólo se tendrán como asociados hábiles los que cumplan las condiciones y requisitos que están previstos en la ley y en los estatutos, siempre y cuando éstos no contravengan la ley de nuestra cooperativa para pensionados.

Asociados hábiles

Son aquellos que se encuentran inscritos “en el registro social que no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de su obligaciones de acuerdo con los estatutos o reglamentos”.

Ser Delegado es aceptar un gran honor que se con­fiere, pero también debe cumplir con responsabilidades inherentes al cargo.

El delegado para asamblea debe ser una persona que sirve a los asociados(as) informándoles de los servicios que brinda la Cooperativa y como asociarse en ella.

Es también el que lleva a la Asamblea las inquietudes de sus delegantes y luego transmite a éstos los acuerdos de la misma. Es un enlace entre la Cooperativa y los asociados(as).

El Delegado debe conocer los detalles, los estatutos, reglamentos  de la Coopera­tiva para divulgarlos y defenderla cuando quieran empa­ñar su imagen.

El Delegado para Asamblea y su grupo

Cuando una persona ingresa a la  Cooperativa está ha­ciendo uso del primer principio que dice “libre ingreso y retiro voluntario” lo que da derechos y deberes.

Derecho de participar de los beneficios sociales que le brinda la Cooperativa, así como el derecho a ser electo para ejercer funciones de dirección y control de la Entidad.

El Delegado(a), en su medio de trabajo debe estar presto a dar el asesoramiento que se requiera para hacer un buen uso de los derechos y deberes.

El ser Delegado(a), implica llevar a las Asambleas la re­presentación y las inquietudes de varias personas que han creído en sus capacidades y esperan mejores resul­tados de su gestión.

Ser Delegado es aceptar un gran honor que se con­fiere, pero también debe cumplir con responsabilidades inherentes al cargo.

El Delegado debe ser una persona que sirve a los asociados(as) informándoles de los servicios que brinda la Cooperativa y como asociarse en ella.

Es también el que lleva a la Asamblea las inquietudes de sus delegantes y luego transmite a éstos los acuerdos de la misma. Es un enlace entre la Cooperativa y los asociados(as).

El Delegado debe conocer los detalles, los estatutos, reglamentos  de la Coopera­tiva para divulgarlos y defenderla cuando quieran empa­ñar su imagen.

Características de un Delegado

El asociado que es elegido para delegado para asamblea debe cumplir algunas caracte­rísticas especiales como:

  • Ser responsable y preocupado por su Cooperativa
  • Honesto y de gran valor  moral.
  • Dinámico(a) para estar pronto a servir cuando la Cooperativa necesite realizar algún trabajo.
  • Conocer y estudiar el Estatuto y los Reglamentos.
  • Estudioso y analítico de los informes y servicios que pro­porcione la Cooperativa y que pueda ayudar con suge­rencias para obtener mejores resultados.
  • Ser respetuoso de las opiniones ajenas.
  • Estar dispuesto a darle el tiempo y el esfuerzo necesario a su Cooperativa.
  • No debe conformarse con asistir a las Asambleas; su misión es antes, durante y después de la Asamblea.
  • Demostrar honestidad en todo lo que hace y dice para que haya confianza en sus actos.
  • Debe ser leal con su Cooperativa y defenderla cuando se ponga en duda sus bondades.

Funciones de un Delegado para Asamblea

En su lugar  de residencia o localidad, debe ser un buen promotor vo­luntario de la Cooperativa. Como Delegado(a) debe tener claro que es importante decir siempre la verdad cuando se refiere a la Cooperativa, para que le tengan confianza al hablar de los proyectos de la empresa.

Responsabilidades del Delegado

  • Reunirse dos o más veces al año con los asociados(as), para conocer mejor sus inquietudes.
  • Informarse en la Cooperativa del avance de los pro­yectos para mantener informados a sus representa­dos.
  • Conocer los principales servicios de la Cooperativa y difundirlos entre los asociados(as) de ésta.
  • Ser puntual cuando se les convoca a la Asamblea o una actividad de la Cooperativa.
  • Procurar en coordinación con el Comité de Educación toda clase de asesoramientos para los asociados y asociadas.
  • Ese cargo será designado por los demás asociados en un proceso democrático por un periodo de  tres años.

Ayudas a la cooperativa

Para que haya máximo rendimiento en la labor que realiza el delegado para asamblea, la Cooperativa debe prepararlo mediante actividades que lo orienten en el cumplimiento de sus responsabilidades. Algunas de estas actividades pueden ser:

  1. Seminario de capacitación para Delegados.
  2. Reuniones informales sobre servicios que brinda la Cooperativa.
  3. Envío oportuno de los informes de la Asamblea para que sean estudiados.
  4. Impulsar el nombramiento de más Delegados.
  5. Realizar encuentros, seminarios, talleres, reuniones, entre otros.
  6. Conversar con los Delegados y asociados en los centros de trabajo, sobre el avance de la Cooperativa.
  7. Escuchar las opiniones, sugerencias y quejas de los Delegados y buscarles solución.
  8. Promover encuentros de los Delegados con los asociados, para que conozcan sus inquietudes.

El Delegado antes de la Asamblea

El acontecimiento más importante en una Cooperativa es la Asamblea General. Antes de su realización, los Delegados deben obtener toda la información nece­saria, para que tengan claro cuál es su participación en los debates. Por lo tanto, es necesario que estudien con tiempo la documentación y soliciten infor­mación si algo no queda claro.

En la Asamblea, el Delegado:

  • Procurar llegar a tiempo para que su participación sea lo mejor posible.
  • Llegar dispuesto  al lugar indicado y no permite que el evento se retrase por su demora.

Funciones del Delegado

  • Las mociones las redacta con claridad para el bien de la Cooperativa.
  • Trate de conocer muy bien la agenda de la Asamblea y el Reglamento de debates.
  • Cuando esta en uso de la palabra, es breve y co­rrecto. No alarga la Asamblea con discursos prolon­gados.
  • Toma nota de todo lo que es importante.

Después de la Asamblea

Después de la Asamblea, el Delegado hace un re­cuento de lo tratado en dicho evento. Se reúne con asociados e informa de lo establecido.

Ser Delegado es un honor y un compromiso que debe cumplir.

Serán derechos fundamentales de los asociados

ARTÍCULO 10o.- DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Son deberes de los asociados:

  1. Adquirir conocimientos sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo y el presente estatuto.
  2. Participar en los programas de educación y capacitación que organice la Cooperativa
  3. Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
  4. Aceptar y cumplir con las decisiones de los órganos de Administración y Vigilancia.
  5. Comportarse solidariamente en sus relaciones con la Cooperativa y los asociados de la misma.
  1. Abstenerse de realizar actos o incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica y financiera en detrimento de la imagen de la Cooperativa.
  2. Utilizar habitualmente los servicios de la Cooperativa
  1. Suministrar y actualizar de forma anual los informes que la Cooperativa le solicite para el buen desenvolvimiento de sus relaciones con ella, especialmente de sus actividades económicas, e informar cualquier cambio de domicilio.
  1. Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias, elegir los delegados para que concurran a ella y desempeñar los cargos para los cuales sea elegido.
  2. Dar cumplimiento a los procedimientos previstos en las disposiciones legales y los estatutos para la solución de conflictos o diferencias que surjan entre los asociados o entre estos y la Cooperativa.
  3. Utilizar los conductos regulares establecidos mediante reglamentación de la administración, para el trámite de quejas y reclamos sobre actuaciones de los directivos y funcionarios respecto al cumplimiento de las funciones asignadas en la Cooperativa.
  4. Cumplir con el pago de los aportes sociales, contribuciones y toda obligación económica aprobada y las demás obligaciones que surjan o que aprueben los órganos de administración, con base en el Estatuto y los reglamentos.
  5. De tener servicios crediticios, estar al día en el cumplimiento de los mismos.
  6. Mantener actualizada su información personal y financiera.
  1. Dar cumplimiento con las disposiciones establecidas por la Cooperativa en material del SARLAFT.
  2. Cumplir con los demás deberes que establezca la Constitución, la ley, el estatuto y los reglamentos.

ARTICULO 11o. - DERECHOS DE LOS ASOCIADOS

Son derechos de los asociados:

  1. Utilizar los servicios de la Cooperativa y realizar con esta las operaciones propias del objeto social.
  1. Participar en la Administración mediante el desempeño de los cargos sociales para los que sea elegido o comisiones que le encargue la Asamblea General o el Consejo de Administración.
  1. Ser informado de la gestión desarrollada por los organismos de administración, vigilancia y control de la Cooperativa de acuerdo con las disposiciones legales y estatutarias.
  2. Ejercer a través del voto, los actos de decisión y elección en las Asambleas Generales.
  3. Fiscalizar la gestión económica y social de la Cooperativa, pudiendo examinar libros, estados financieros, actas y demás documentos, conforme a los procedimientos establecidos por el Consejo de Administración mediante reglamentación especial.
  1. Presentar ante los organismos competentes, quejas fundamentales o solicitudes de investigación o comprobación de hechos que se considere configuran infracciones o irregularidades de los administradores de la Cooperativa.
  1. Adquirir permanentemente conocimientos sobre fundamentos del cooperativismo, el funcionamiento de la empresa cooperativa y
    especialmente conocer el estatuto, reglamentos, acuerdos y procedimientos.
  1. Participar de la administración cooperativa desempeñando eficazmente los cargos para los que sea designado.
  1. Retirarse voluntariamente de la Cooperativa.
  2. Los demás que se deriven de la Ley, el Estatuto y los Reglamentos.
 

PARÁGRAFO: El ejercicio de los derechos de los Asociados estará condicionado al cumplimiento de los deberes y obligaciones, y a que los asociados no se encuentren suspendidos en el goce de los mismos, de conformidad con el régimen disciplinario interno.

¿Quiere ser delegado para asamblea?

Postúlese hasta el 30 de Octubre de 2019, lo puede hacer en nuestras oficinas o a través de nuestros canales de servicio al cliente.

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Tenemos habilitados diferentes canales en nuestra cooperativa para pensionados. Contamos con horario de atención de 8:00 am a 4:00 pm, de Lunes a Viernes

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